martes, 16 de noviembre de 2010

Sobre las velocidades de la reforma penal en el Ecuador

Jorge Paladines realiza un análisis profundo de las reformas al código penal de los años 2009 y 2010 implementadas por el órgano legislativo. Deja claro que el problema de las reformas penales legislativas radica en la populismo penal que atenta contra cualquier pretensión garantista. Las velocidades de las reformas penales parecen apuntar a la institucionalización del derecho penal del enemigo, pues "vivimos ante un panorama desalentador de las reformas ciudadanas, ante la negación de los Derechos Humanos y ante el embate de una crisis civilizatoria que se adecua a la barbarie mundial, aquella en la cual el ser humano y la libertad son reemplazados penalmente por el Estado y la seguridad."

Les invitamos a reflexionar sobre los importantes aportes de este artículo.

miércoles, 10 de noviembre de 2010

Proyectos de Reformas Penales

Las reformas penales en el Ecuador han sido una constante. Antes el Congreso y hoy la Asamblea Nacional han ejercido sus facultades legislativas para modificar el marco jurídico punitivo sustantivo, adjetivo y ejecutivo. Las razones que justifican las constantes modificaciones del ordenamiento jurídico penal son muchas y han variado dependiendo del momento histórico en el que se han producido.

Es indispensable analizar este fenómeno a propósito de un paquete complejo de reformas penales que se encuentran en conocimiento de la Asamblea Nacional, propuestos desde distintos sectores políticos, y que abordan cambios no sólo a los códigos penal, procesal penal y de ejecución de penas, sino también reformas al Código de la Niñez y Adolescencia, Ley Orgánica de la Función Judicial, Ley Orgánica de Aduanas y Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, sumando un total de quince iniciativas legislativas.

Sin tratar de ser exhaustivos, las propuestas de reforma abordan temas tales como la reducción de la edad de imputabilidad penal a 16 años; creación de tipos penales como el sicariato, el tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito; ampliación de los sujetos activos de tipos penales; endurecimiento de penas de delitos específicos; endurecimiento de penas generales considerando máximos de hasta 35 años en unos casos, y de hasta 50 años en otros. En lo procesal se contempla la introducción de nuevas figuras como la detención obligada, ampliación de la prisión preventiva, introducción de aparatos de ubicación satelital de sindicados, limitaciones a la sustitución de la prisión preventiva. Podríamos señalar sin lugar a dudas que las reformas planteadas implican un endurecimiento del poder punitivo del Estado.

Es indispensable que reflexionemos sobre el direccionamiento que está tomando el derecho penal no solo en nuestro país sino en América Latina para lo cual se pone a su consideración los quince proyectos de reformas penales calificados.

La Constitución de la República y el modelo del derecho penal

La Constitución de la República que acaba de cumplir dos años de vigencia concibe al Ecuador como un Estado Constitucional de Derechos y Justicia. ¿Que modelo de derecho penal corresponde con este modelo de Estado? Ramiro Ávila Santamaría, afirma de manera contundente que el derecho penal garantista es el único posible.

Se pone a consideración de ustedes el artículo: "Inseguridad ciudadana y derechos humanos: por la deconstrucción de un discurso securitista y hacia un nuevo derecho penal" de Ramiro Ávila Santamaría.

Presentación del Observatorio de la Política Criminal del Ecuador

El Observatorio de la Política Criminal del Ecuador es un espacio concebido por un grupo de académicos y profesionales comprometidos con el garantismo penal, que pretende abrir el debate entre la sociedad ecuatoriana y sus instituciones, sobre la forma de concebir el poder punitivo del Estado.